Guía paso a paso para autónomos modelo 130

En este artículo te explico, quién debe presentarlo, cómo rellenarlo y qué fechas debes tener en cuenta.

MODELOS AEAT

¿Qué es el modelo 130 del IRPF para autónomos?

El modelo 130 es la autoliquidación trimestral del IRPF para personas físicas que desarrollan actividades económicas en estimación directa (normal o simplificada).

A través de este modelo, los autónomos deben ingresar un 20 % de los beneficios obtenidos a lo largo del trimestre, como pagos a cuenta del impuesto sobre la renta. Este ingreso es acumulativo y se regulariza en la declaración anual de la renta (IRPF).

¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?

  • Las personas físicas que ejerzan una actividad profesional o empresarial y calculen su rendimiento neto con el método de estimación directa (normal o simplificada).

  • Las sociedades civiles y comunidades de bienes que desarrollen actividades económicas.

¿Cuándo se presenta el modelo 130?

Debes presentar el modelo 130 dentro de los primeros 20 días naturales de los siguientes meses:

  • Abril (1T)

  • Julio (2T)

  • Octubre (3T)

  • Enero (4T, hasta el día 30)

💡 Tip: Consulta siempre los plazos oficiales en la Agencia Tributaria para evitar sanciones por presentación fuera de plazo.

Formas de presentar el modelo 130

Puedes presentar el Modelo 130 por internet o en papel, según tu situación:

Presentación electrónica (recomendada)

  • Con certificado digital o Cl@ve PIN.

Presentación en papel (predeclaración)

  • Generada a través del formulario de la Agencia Tributaria.

Cómo rellenar el modelo 130: apartado por apartado

Datos identificativos

  • Declarante: Nombre, NIF y datos fiscales.

  • Ejercicio y periodo: Indica el año fiscal y el trimestre correspondiente (1T, 2T, 3T o 4T).

Apartado I: Actividades en estimación directa

  • [01] Ingresos computables: Suma de ingresos por ventas, servicios, subvenciones, etc., desde el 1 de enero hasta fin del trimestre actual.

  • [02] Gastos fiscalmente deducibles: Incluye compras, personal, tributos, y t gastos de difícil justificación (5 % del rendimiento neto, máximo 2.000 € anuales en 2025).

  • [03] Rendimiento neto previo: Ingresos – Gastos.

  • [04] 20 % del rendimiento neto.

  • [05] Pagos a cuenta realizados en trimestres anteriores (restando casilla [16]).

  • [06] Retenciones soportadas en facturas emitidas.

  • [07] Resultado: [04] – [05] – [06]. Si es negativo, anteponer el signo “–”.

Apartado II: Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras

  • [08] Ingresos obtenidos por ventas y servicios.

  • [09] 2 % del importe de la casilla anterior.

  • [10] Retenciones soportadas.

  • [11] Diferencia entre [09] y [10].

Apartado III: Total liquidación

  • [12] Suma de casillas [07] y [11] (antes de aplicar minoraciones).

  • [13] Minoración por bajos rendimientos netos del ejercicio anterior, si procede (según la tabla de la AEAT).

¿Tienes dudas sobre cómo presentar el modelo 130?

Llevar al día tus obligaciones fiscales como autónomo puede ser un verdadero reto. Si no quieres arriesgarte con errores o prefieres delegar esta tarea en una profesional de confianza, yo te puedo ayudar.

✅ Soy contable especializada en autónomos y pymes.
✅ Trabajo de forma clara, cercana y adaptada a tus necesidades.
✅ Presento tus impuestos.

👉Contáctame aquí para cualquier consulta